La memoria histórica en el Estado español: entre el derecho de gracia y el derecho positivo. A propósito de una sentencia del Tribunal Supremo del 13 de marzo de 2017
Contenido principal del artículo
Vol. 21 (2017), Comentarios de Jurisprudencia, Páginas 392-397
DOI:
https://doi.org/10.17979/afdudc.2017.21.0.3286
Recibido: 01/16/2018
Publicado: 01/18/2018
Resumen
El presente comentario versa sobre una sentencia del Tribunal Supremo, dictada el 13 de marzo de 2017, en la que se analizan varias peticiones sobre la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, comunmente denominada Lei de la Memoria Histórica, con base en la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del derecho de petición, tratando de reivindicar la aplicación de la Ley de Memoria Histórica como derecho positivo y no como derecho graciable en el Estado español
Palabras clave:
memoria histórica, derecho de petición, franquismo, guerra civil española, exhumaciones.
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